Normas para solicitar el AVAL y utilización del LOGO e IMAGEN CORPORATIVA de la Sociedad Gallega de Cuidados Paliativos, Asociación Científica Sociedad Gallega de Cuidados Paliativos – SOGACOPAL.
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Introducción
La otorgación del Aval SOGACOPAL, así como la utilización del LOGO e IMAGEN CORPORATIVA de la misma, es una marca de calidad para todas aquellas actividades de carácter formativo, e divulgativo, de investigación, asistencial o social relacionado con el área de conocimiento de los Cuidados Paliativos.
La SOGACOPAL, consciente de su papel vertebrador de todos aquellos acontecimientos docentes y actos científicos que se producen en España en relación con los Cuidados Paliativos y dada la creciente demanda de su padrinazgo, ha considerado necesario redactar unas directrices de uso obligado para todos los que deseen contar con su AVAL.
La SOGACOPAL, por medio de su Junta Directiva se compromete a vigilar, de acuerdo a estas directrices, que todas aquellas actividades para las que se solicita su AVAL reúnan los criterios de calidad exigidos en el ámbito formativo, clínico, científico o social.
Justificación
La Sociedad Gallega de Cuidados Paliativos tiene entre sus objetivos contribuir a la mejora científica y formación continuada de sus afiliados, promover el desarrollo de los Cuidados Paliativos, con especial énfasis en la investigación, asesorar a los organismos públicos y sociedades privadas, colaborar con las Universidades en el desarrollo científico y tecnológico, fomentar la colaboración con otras asociaciones nacionales e internacionales a fin de establecer planes científicos y de desarrollo y excelencia profesional comunes.
Con el fin de alcanzar dichos objetivos la SOGACOPAL, por un lado desarrolla sus propias actividades científicas organizadas en forma de reuniones, cursos, simposios, conferencias, o talleres prácticos y por otro puede además avalar, patrocinar y otorgar el uso de su logotipo e imagen corporativa a aquellas actividades surgidas de otras entidades tanto públicas como privadas cuyos programas y objetivos coinciden con aquellos que sean de interés para la Sociedad y el desarrollo de los Cuidados Paliativos.
Por esta razón, la SOGACOPAL está abierta a conceder los avales que le sean solicitados para actividades científicas que reúnan los requisitos necesarios para promover sus fines, siendo su objetivo de dicha concesión acreditar el valor científico de la actividad.
Utilización del aval y logotipo de SOGACOPAL
Las actividades que pueden ser avaladas son:
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- Actividades científicas desarrolladas por otras Sociedades Científicas.
- Actividades científicas desarrolladas por Casas Comerciales según criterios científicos.
- Documentos de Consenso.
- Productos de investigación con financiación pública o privada.
- Cualquier otra actividad científica y formativa de interés para los cuidados paliativos, tales como reuniones, jornadas, cursos, master, simposios, conferencias, talleres etc…
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Para llevar a cabo la solicitud de aval y uso de logotipo, los promotores de cualquier actividad científica susceptible de ser avalada deben hacerlo mediante la presentación del “Impreso de Solicitud de Aval” (Anexo1) y el programa científico del evento, remitiéndolo a la secretaria general de SOGACOPAL. Dicha solicitud debe ir firmada por el responsable científico de la actividad a desarrollar y remitida con un plazo mínimo de dos meses antes de la celebración del evento.
La Secretaria General SOGACOPAL lo hará llegar al Comité de Evaluación asignado para su valoración (habitualmente el Comité Ejecutivo SOGACOPAL o en quienes delegue, en función de la actividad a evaluar).
El Comité de Evaluación emitirá un escrito vía email que hará llegar a la Junta Directiva de la Sociedad, en el que conste el resultado de su evaluación indicando sus conclusiones. Cada Comité de Evaluación valorará las Solicitudes de Aval siguiendo los criterios establecidos en su documento interno (Anexo 2) creado por SOGACOPAL para tal fin.
Será, en su caso, la Junta Directiva quien en última instancia acepte o rechace la concesión del aval para cada solicitud presentada. Tanto la denegación como la concesión del aval serán comunicados al interesado vía email en un plazo de 15-30 días a partir del inicio del trámite de la solicitud.
La concesión definitiva del aval y uso de logotipo quedarán condicionados a la firma del Documento de Declaración de Conformidad (Anexo 3) en el que figuran las condiciones y términos de condiciones de uso del aval así como el logotipo de SOGACOPAL.
Para solicitar el Aval de SOGACOPAL, se deberá abonar 100 euros en criterio HONORARIOS DE TRAMITACION DE SOLICITUD DE AVAL. Ver tabla de tasas (Anexo 4)
Este podrá ser otorgado o denegado.
En el caso de que el promotor de LA ACTIVIDAD sea socio colaborador de SOGACOPAL o una Entidad sin ánimo de lucro, se podría contemplar un tratamiento diferencial en alguno/s de los punto/s anteriores, siguiendo en todo caso el contrato marco firmado entre el colaborador y SOGACOPAL.
Una vez concedido el mismo, se deberá abonar los pagos correspondientes en criterio de HORONARIOS DE ADJUDICACION DE AVAL.
Una vez obtenida la aprobación de concesión de aval por parte de la Junta Directiva de SOGACOPAL y firmada la Declaración de Conformidad, el responsable de la Actividad Científica deberá enviar una copia del programa definitivo de la Secretaria de SOGACOPAL para su divulgación entre los socios.
SOGACOPAL se reserva el derecho a realizar los controles necesarios de las actividades avaladas pudiendo revocar dicho aval si corroborara el incumplimiento de lo establecido.
ANEXO 1
IMPRESO DE SOLICITUD DE AVAL
La entidad científica, jurídica, o unipersonal que solicite el aval SOGACOPAL debe cumplimentar el siguiente cuestionario
Entidad Organizadora
Responsable de la solicitud del aval
Nombre:
Cargo:
Centro de trabajo:
Relación con la actividad:
Objetivos de la Actividad
Característica de la Actividad
Título:
Programa: archivo adjunto
Fechas:
Tipo de actividad:
Prácticas nº horas:
Teórica nº horas:
Conferenciantes
Nombre:
Centro de trabajo:
Relación con la actividad:
Tema o título:
Lugar de celebración
Relación previa con SOGACOPAL
Ediciones anteriores
Remitir este formulario a Secretaria General SOGACOPAL
ANEXO 2
CRITERIOS PARA VALORACION DE CONCESION DE AVAL PARA USO DE LOGOTIPO SOGAOCPAL
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- Valoración de la entidad solicitante. Comprobar que sus fines se adecuan a los perseguidos por SOGACOPAL en lo que respecta a la mejora científica y formación continuada.
- Valoración del tema objeto del evento: debe considerarse de interés científico y sus objetivos deben coincidir con aquellos que sean de interés para la Sociedad y el desarrollo de los Cuidados Paliativos.
- Valoración del lugar de celebración: valorar su suficiencia en materia de cubrir necesidades derivadas del evento y de su programa científico.
- Valorar los recursos con los que cuenta la sociedad organizadora para cubrir la parte teórica y práctica del evento, así como las exigencias derivadas del programa.
- Valoración de la forma en la que se difunde el programa científico, valorando la claridad de la exposición de los temas a tratar, tanto de la parte teórica como de la práctica. El programa y los dictantes deben aparecer de forma explícita en la documentación presentada en la solicitud.
- Valoración del contenido del Programa científico con especial interés en:
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- Temas a tratar: valorar si cumples las expectativas creadas y si este va en acorde a su programa científico.
- Exigencia requerida a los conferenciantes por parte de los responsables del evento: curriculum vitae.
- Definir el evento como curso básico avanzado para poder orientar al socio.
- Valorar la medida en la que el evento busca la excelencia científica en el tema a tratar.
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- El Comité de Evaluación podrá en todo momento solicitar la información adicional que considere necesario para poder emitir su valoración y no le haya sido reportada por el solicitante del aval en el momento en el que se realizó la solicitud.
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COMITÉ EVALUADOR
1.-
2.-
3.-
ANEXO 3
DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD DEL USO DEL AVAL Y DEL LOGOTIPO SOGACOPAL
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- Este aval implica la conformidad de la Sociedad Gallega de Cuidados Paliativos a la actividad avalada y al uso de su nombre y de su logotipo por los organizadores del evento.
- El organismo avalado tiene la obligación de usar el aval y el logotipo SOGACOPAL sin incumplir los objetivos plasmados en su solicitud.
- La concesión de este aval da derecho a utilizar el logotipo de SOGACOPAL en la documentación y/o materiales de publicidad que se desarrollen para la difusión de la actividad científica avalada.
- La validez del aval se limitará únicamente a la actividad científica solicitada quedando prohibida su extensión más allá de la misma.
- Bajo ningún concepto podrán modificarse las características y el diseño del logotipo de SOGACOPAL.
- SOGACOPAL tiene el derecho y la obligación de controlar las actividades avaladas para comprobar el cumplimiento de lo acordado.
- Esta concesión de aval y uso de logotipo podrán ser revocadas por SOGACOPAL si corrobora que los objetivos y el desarrollo de la actividad científica avalada, se desvían de los objetivos iniciales plasmados en la solicitud.
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Como responsable científico del organismo solicitante de aval y uso de logotipo a SOGACOPAL, he leído este documento ya acepto los derecho y obligaciones en ellos expuestos.
A de de 201
Fdo.:
Organismo o Institución Solicitante
Representante legal
ANEXO 4
TABLA DE HONORARIOS DE SOLICITUD DE AVAL POR SOGACOPAL
Actividad | Aval a Entidades sin Ánimo de lucro/Socios SOGACOPAL y/o Entidades de Interés general | Aval a Entidades con Ánimo de Lucro | Proyectos conjuntos con SOGACOPAL |
HONORARIOS DE TRAMITACIÓN | 0€ | 100€ (no incluido IVA 21%) | 0€ |
HONORARIOS GENERALES | 0€ | Tarifa total: 3.000€ (+ IVA) en relación a:
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0€ |
DIFUSIÓN WEB/REDES SOCIALES SOGACOPAL | 0€ | Incluido en los honorarios anteriores | 0€ |
DIFUSIÓN EMAILS SOCIOS | 0€ | Incluido en los honorarios anteriores | 0€ |
*El ingreso del importe del IRPF (120€) lo realizará directamente la empresa o entidad que solicita el aval científico en hacienda.